Listo registro de profesionales de compra y venta de divisas
Entre las obligaciones de los autorizados para el registro de compra y venta de divisas y cheques de viajero, figuran presentar a la Dian los datos de todas sus operaciones.
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El pasado 3 de noviembre, la Dian expidió la Resolución 000061 de 2017, mediante la cual estableció, en primer lugar, los requisitos, condiciones y procedimientos para acceder al registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero; en segundo término, los requisitos y trámites para acreditarse como corresponsal cambiario; y por último, el régimen aplicable a la actividad de los profesionales de cambio en materia de Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT-FPADM).
El artículo 4º del Título II de la norma, consagra los requisitos para acceder al registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero, entre los que se cuentan: ser residente en el país de acuerdo con los criterios de ley; ser comerciante inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde va a desarrollar la actividad; estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) con las responsabilidades fiscales a que esté obligado en el momento de presentar la solicitud; tener por lo menos un (1) establecimiento de comercio matriculado en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el territorio correspondiente donde se ejercerá la actividad de compra y venta de manera profesional; no haber sido condenado a pena privativa de la libertad mediante sentencia en firme (personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas) dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud, con excepción de delitos políticos o culposos que no hayan afectado a la Administración Pública; no haber recibido sanciones como persona natural o jurídica con imposición de multas, infracciones cambiarias o investigaciones administrativas con pago de la sanción reducida; y tener un Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT-FPADM, ajustado a la actividad que aspira ejercer.
Entre las obligaciones a cargo de las personas autorizadas para acceder al registro de compra y venta de divisas y cheques de viajero (Capítulo V de la norma), se encuentran las de procesar y presentar a la Dian la información de todas las operaciones que realicen, y asímismo, llevarlas a cabo a través de la ventanilla del establecimiento de comercio o del lugar para el ejercicio de la actividad que haya sido autorizado. Igualmente, deberán cumplir con todas las obligaciones de la aplicación del Sistema de Administración del Riesgo (LA/FT-FPADM) y tener designado un oficial de cumplimiento para estos efectos.
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