Desde esta noche podrá cobrar recargos nocturnos desde las 9 p.m.

El presidente Juan Manuel Santos firmó este martes la medida que amplia la jornada laboral nocturna.

Actualizado:

Imagen montañas avif Foto:Imagen montañas avif

Este martes, el presidente Juan Manuel Santos firmó la ley de recargos nocturnos aprobada por el Senado y la cual amplia la jornada laboral nocturna desde las 9 p.m.
Según lo aprobado, el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo contempla que el “trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las veintiún horas (9:00 p. m.)” y el “nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las veintiún horas (9:00 p. m.) y las seis horas (6:00 a. m.)”.
A pesar de que se considera que esta medida favorecería alrededor de 1 millón de empleados, especialmente del sector de servicios, algunas partes estaban en desacuerdo con el proyecto que se presentó.
El argumento inicial era que reducir la jornada diurna tendría un impacto negativo sobre la competitividad de las empresas.
De igual manera, en su momento, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo advirtió que incrementar dos horas de recargo nocturno, como lo plantea un proyecto de ley que cursa en el Congreso, afectaría la competitividad de las empresas colombianas, la productividad, el turismo y tendría impacto negativo en la formalidad y en la inversión extranjera.

En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí