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Gobierno reglamenta manejo del inventario de los bienes de Farc
Mediante algunos decretos expedidos por el Ministerio de Hacienda, se busca que el patrimonio del ex grupo guerrillero sea utilizado para desarrollar programas estatales que beneficien a las personas.
El pasado 2 de noviembre, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1787, mediante el cual reglamentó la distribución del 40% proveniente de los bienes sobre los que se declare la extinción de dominio, los recursos obtenidos de la enajenación temprana, y la productividad de los bienes administrados, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 1849 de 2017 (que modificó el Código de Extinción de Dominio) en el cual se ordenaba al Ejecutivo expedir la norma que aclarara la destinación de ese porcentaje.
Con estos ajustes, el Gobierno Nacional espera agilizar los tiempos procesales, incentivar la delación y hacer más eficiente la administración de los bienes producto de recursos ilícitos, en especial, los entregados por las Farc con miras a la reparación de las víctimas del conflicto armado.
El Decreto 1787 estipula que el mencionado 40% será distribuido de la siguiente forma: un 5% para la infraestructura penitenciaria y carcelaria; un 15% para sufragar los gastos requeridos para la recepción, administración, saneamiento y disposición de los bienes inventariados por las Farc; y un 20% para los programas especiales que el gobierno determine.
La Sociedad de Activos Especiales (SAE), será la encargada de administrar el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado –Frisco–, que tiene como uno de sus fines principales la atención y reparación a las víctimas de actividades ilícitas, en armonía con las políticas trazadas por el Consejo Nacional de Estupefacientes. Asimismo, la SAE fue designada como administradora del patrimonio autónomo constituido para llevar a cabo dicha reparación a través del Fondo de Víctimas.
En el artículo 2º del mencionado decreto, se establece que en relación con las divisas, oro, plata, platino, joyas y piedras preciosas entregadas por las Farc, la SAE tendrá facultades para enajenarlas a los intermediarios del mercado cambiario o entregarlas al Banco de la República mediante un convenio para su depósito en custodia o enajenación. La SAE podrá constituir depósitos en custodia de estos activos en el Emisor.