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Habrá devolución exprés de saldos a favor en impuestos

El Minhacienda ya reglamentó la norma, pero esta comenzaría a operar en febrero del próximo año.

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A partir del segundo mes del 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) comenzaría a hacer, de forma automática, algunas devoluciones de saldos a favor de impuestos.
Así lo estableció el Ministerio de Hacienda, a través del Decreto 1422, al reglamentar uno de los artículo del Plan Nacional de Desarrollo que le dio vía libre a que la entidad tributaria pueda consignar estos recursos, en algunos casos particulares.
De acuerdo con la norma, la Dian tendrá seis meses –contados desde agosto– para poner a punto sus sistemas y puedan entregarles de forma automática, a un grupo de contribuyentes, los recursos que les queden en positivo.
Según el Plan de Desarrollo, a esto solo podrán acceder quienes no representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de la Dian y más del 85% de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas descontables provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica.
En el caso de que la persona se aplique y cumpla con los requisitos, la entidad tendrá un tiempo no mayor a 10 días hábiles para decidir si acepta o no la petición. En tanto, si las solicitudes no cumplen los requisitos establecidos, los contribuyentes “continuarán con el proceso ordinario, sin que se requiera acto administrativo que así lo indique”, reza el decreto.
Cuando se trate de compensación por Imporrenta, se deberá adjuntar una relación de las retenciones y/o autorretenciones en fuente que originaron el saldo positivo del periodo solicitado, así como una relación de los costos y gastos que fueron declarados. En cualquier caso, se deberá detallar nombres, NIT, proveedores y otros datos de todos los actores involucrados.
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