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La promesa de no inventarnos infracciones

Es así como ni el Gobierno ni la Superintendencia pueden establecer infracciones que el legislador no ha considerado previamente como ilícitas.

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Algunos aspectos del Estado de Derecho parecen elementales y, sin embargo, en nuestro país se desdibujaban. Por ejemplo, la división de poderes y la legalidad de las faltas. Una muestra es que desde 2016, el Consejo de Estado le ha señalado al sector Transporte reiteradamente que hay infracciones previstas en decretos reglamentarios que no encuentran respaldo en la ley.
Por eso, las ha declarado nulas. Sin embargo, a pesar de haber sido expulsadas del ordenamiento, la Superintendencia del sector continuó generando más de 1.200 investigaciones, y aplicando millonarias sanciones a los empresarios.
Cuando el Presidente Iván Duque y la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, vieron esa situación, y en concordancia con el principio de legalidad que rige este gobierno, se detuvieron todas las investigaciones de la SuperTransporte y se procedió a formular una consulta al H. Consejo de Estado en octubre de 2018.
Esta corporación concluyó que aplicar esas sanciones “haría nugatoria la decisión judicial adoptada por la sección primera del Consejo de Estado, y abriría las puertas a maniobras fraudulentas de la Administración en detrimento de los derechos de los ciudadanos”. Y, a renglón seguido, explicó que la SuperTransporte podría revocar esas sanciones por ser inconstitucionales.
Es así como este Gobierno ha sido el único en la historia del sector que ha dado pasos contundentes para asegurar el correcto funcionamiento de la Administración Pública, al punto que, ante tan severo error, inició la tarea de revisar más de 60.000 expedientes sancionatorios, que representan más de $171.000 millones.
Como resultado, hoy la Superintendencia ya ha revisado más de 25.000 expedientes, levantando más de 500 embargos, 250 de ellos durante la pandemia. También se ha exonerado a los empresarios de más de $5.900 millones de multas que ya estaban en firme y han sido revocadas. Están pendientes cerca de $1.800 millones para que reclamen los empresarios y, además, se dejaron de abrir 1.200 investigaciones ilegales cada mes.
Como ya se mencionó, la Superintendencia de Transporte ha acogido el mandato de legalidad previsto en nuestra Constitución Política y pilar del Gobierno Nacional. Y, en esa medida, ha mantenido la promesa de no inventarse conductas ilícitas que no estén en la ley. En el mismo concepto emitido por el H. Consejo de Estado en marzo de 2019, ellos enfatizaron que “la Constitución no permite otorgar a la Administración la potestad genérica de establecer vía reglamento infracciones y sanciones administrativas -pues tienen reserva de ley ordinaria-”.
Es así como ni el Gobierno ni la Superintendencia pueden establecer infracciones que el legislador no ha considerado previamente como ilícitas (lex praevia, stricta, scripta et certa). Y esa consigna, tan elemental pero tan valiosa para la seguridad jurídica de nuestro país, se ha respetado en los procesos sancionatorios adelantados. Para ejercer de manera contundente la función sancionatoria no es necesario pasar por encima del debido proceso de los administrados, ni afectar los principios constitucionales básicos como la legalidad de las faltas.
El Gobierno Nacional continuará revisando esos expedientes en los que se violaron las garantías constitucionales de los administrados, devolviendo las multas impuestas, levantando embargos y, sobretodo, respetando la Constitución Política y las garantías que ésta prevé para los ciudadanos.
Camilo Pabón Almanza
Superintendente de Transporte
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