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La orden es clara. “Bajo ninguna circunstancia está permitido que se le imponga un comparendo a un conductor por no llevar tapabocas, siempre y cuando vaya solo”.
Así lo aclaró el secretario de Gobierno de Bogotá, Luis Ernesto Gómez, ante las frecuentes quejas de los ciudadanos sobre multas que está imponiendo la Policía de Tránsito por no llevar el tapabocas mientras conducen. Sin embargo, en caso de ir acompañado sí podrá ser sancionado.
Multas por violar los derechos del consumidor no se están pagando
Según la circular 23, del 19 de julio, “si se traslada más de una persona en la cabina o vehículo, se debe utilizar el tapabocas de tiempo completo y mantener una distancia de por lo menos un metro”.
Sin embargo, el Secretario de Gobierno fue enfático en señalar que si viaja solo no hay razón para ser sancionado por no llevar el tapabocas y pidió revocar los comparendos que fueron impuestos injustamente por esta situación.
“A los ciudadanos que les haya ocurrido esto les pedimos nuestras excusas, hemos ya informado a la Policía de Bogotá y le hemos pedido revocar los comparendos que fueron impuestos injustamente por esta situación", manifestó el secretario de Gobierno de Bogotá.