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Tumban decreto de emergencia que daba beneficios tributarios

La Corte Constitucional declaró inexequible el decreto legislativo 807 de 2020.

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Con una votación de 8 a 1, la Corte Constitucional declaró inexequible el decreto legislativo 807 de 2020, que fue expedido en el marco de una de las emergencias económicas que anunció el Gobierno.
Dicho decreto buscaba darle algunos alivios tributarios a las empresas y personas naturales afectadas por la pandemia por coronavirus.
Según la norma, hasta el 19 de junio de 2020 los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas (IVA), que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria, podían adelantar el trámite de solicitud de devolución o compensación de sus saldos a favor por esos impuestos, mediante el proceso automático.
Otro de los puntos que permitió el decreto es que se podía implementar la fiscalización por medio de visitas virtuales. Según Presidencia, la administración podría realizar inspecciones tributarias y contables de forma virtual, “cuyo propósito es constatar la exactitud en el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los contribuyentes, los usuarios cambiarios y/o terceros”.
Ante la decisión, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dijo que no se iba a pronunciar por el momento. Asímismo, fuentes cercanas a la Corte Constitucional detallaron que los artículos 1 y 2 fueron declarados inexequibles y el número 9 de forma parcial.
Sin embargo, la decisión no tendría efectos, pues el plazo de acceder a esos beneficios estaban hasta el pasado 19 de junio.
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