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Desde hace tres días empezó a regir el impuesto del 19 % a las plataformas tecnológicas extranjeras que prestan servicios en el país, como Netflix, Airbnb, Uber o Cabify.
Por lo que, en agosto las facturas de este tipo de servicios llegarán con el incremento, siempre y cuando la compañía aplique lo estipulado en la pasada reforma tributaria.
* Tarifa base de Cabify en Bogotá: pasaría de $5.200 a $6.188
Cabe aclarar que no son solamente las plataformas digitales las que deben cumplir con esta obligación. De acuerdo con lo estipulado, todos los prestadores de servicios desde el exterior tendrán que cumplir con esto, exceptuando a aquellos que prestan servicios excluidos del pago de IVA, como por ejemplo los servicios de computación en la nube y de hosting.
Entre ellos están: suministro de servicios audiovisuales, música, videos, películas, juegos de cualquier tipo, herramientas de distribución digital de aplicaciones móviles, aplicativos de publicidad en línea y herramientas de enseñanza o entrenamiento a distancia, como Apple TV y Music, Google music, Airbnb, entre otros.
ASÍ SE COBRARÁ
De acuerdo con la Dian, los prestadores ya pueden inscribirse como cualquier responsable del IVA en Colombia. Sin embargo, con el fin de facilitar la inscripción en el Registro Único Tributario, RUT, el gobierno publicó para comentarios el decreto que “en los próximos días entrará en vigencia y que busca principalmente permitir la inscripción virtual en el RUT”.
Fuentes de la entidad aseguraron que están trabajando en la reglamentación que permita tener un canal especial de pago y un formulario simplificado para declarar este impuesto.
Como lo hace cualquier empresa en Colombia, los prestadores de servicios desde el exterior están obligados a recaudar y pagar el IVA. El pago del bimestre julio – agosto, debe hacerse el próximo mes de septiembre; no obstante, el Gobierno está contemplando ampliar este plazo al mes de noviembre, para que estas empresas tengan el tiempo suficiente de registrarse y adecuar sus sistemas para cumplir con su obligación tributaria.
La Dian espera que los prestadores de servicio en el exterior comiencen a recaudar, declarar y pagar el impuesto voluntariamente, de lo contrario, la entidad "podrá ordenar a los diferentes medios de pago que existen en el país que retengan directamente el impuesto (tarjetas de crédito y débito, tarjetas prepago, recaudadores de efectivo, entre otros)".