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600 firmas sancionadas al no enviar sus balances

El registro es del 2017. Este año el reporte de resultados debe ser en abril, dependiendo del NIT.

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El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes, les recordó a los empresarios su obligación de reportar a tiempo los balances contables debidamente auditados por revisoría fiscal en el mes de abril, correspondientes al año 2017 y con corte al pasado 31 de diciembre, con el fin de evitar sanciones.
De acuerdo con la ley, las multas pueden llegar hasta los 200 salarios mínimos legales vigentes, dependiendo del incumplimiento en cada caso.
La advertencia la hizo Reyes al recordar que el año pasado 2.556 firmas no enviaron sus estados financieros correspondientes al ejercicio del 2016, dentro del plazo establecido, cifra que representa cerca del 10% del universo de las que vigila esta autoridad. De ellas, un número superior a las 1.600 están localizadas en Bogotá.
Sin embargo, algunas dieron sus explicaciones y por tanto no fueron investigadas, mientras que 1.250 fueron requeridas con pliegos de cargos en tanto que en el transcurso del mismo año 600 fueron multadas por incumplir con dicha obligación.
Cabe recordar que el periodo de transición para el envío de los balances bajo las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF ya se cumplió. Por consiguiente, a partir de este año todas las compañías del sector real que tienen esta obligación, deben reportar su situación contable bajo estos parámetros, según informó la Súper.
Se estima que más de 20.000 empresas, que corresponden a las más grandes, son las vigiladas por la Supersociedades y por tanto son las que deben enviar los balances financieros.
El año pasado el número se acercaba a las 25.000, pero un decreto de simplificación de trámites expedido hace poco por el Gobierno Nacional exoneró a unas 5.000.
Fuentes de la Súper indicaron que los vencimientos se dan durante todo el mes de abril, comenzando el 3 y terminando el 30, esto de acuerdo con los dos últimos dígitos del número del NIT de respectiva sociedad.
El cuadro al respecto se puede consultar en la respectiva página web de la Superintendencia de Sociedades.
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