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Fijan multas por fallas en salud ocupacional

Las sanciones dependerán de su tamaño, ya sea una micro, pequeña, mediana o gran empresa.

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Con la firma del Decreto 0472 por parte del presidente Santos, el Ministerio del Trabajo estableció los criterios con que se determinan las multas y sanciones para las empresas que infrinjan las normas de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales.
Las cuantías de las sanciones por infracciones serán aplicadas por causas de muerte del trabajador, reincidencia, obstrucción a la acción investigadora, utilización de medios fraudulentos que oculten la infracción, el grado de prudencia y diligencia con que se hayan aplicado las normas. También por ausencia de las actividades de promoción y prevención, incumplimiento de las recomendaciones realizadas por las ARL o el Mintrabajo, entre otras.
El Decreto establece que las sanciones para las empresas dependerán de su tamaño, ya sea una micro, pequeña, mediana o gran empresa, así como del número de trabajadores y del valor de sus activos.
“Se podrá ordenar la clausura del lugar del trabajo, paralización o prohibición inmediata de labores para quienes violen la normatividad de prevención de riesgos laborales, cuando existan condiciones que pongan en peligro la vida, integridad y la seguridad personal de los trabajadores”, confirmó Andrea Torres Matiz, directora de Riesgos Laborales del Mintrabajo.
Por ejemplo, una microempresa hasta con 10 trabajadores, con activos menores a $322 millones, que incumpla las normas de salud ocupacional como un accidente que ocasione la muerte del trabajador, tendrá una multa de $13 a 15 millones.
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