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Supersociedades ordena a Ping Nine suspender actividades

La entidad encontró que la firma no cumple con los requisitos legales de las compañías multinivel en el país. 

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Tras evidenciarse el incumplimiento de la reglamentación que rige a las compañías multinivel en el país, la Superintendencia de Sociedades ordenó este jueves la suspensión preventiva e inmediata de las actividades de la compañía Ping Nine (Fénix).
Dicha decisión se da luego de realizar una toma de información a la empresa en la que se determinó que aunque esta se promociona como compañía dedicada a la comercialización en red, no está cumpliendo con los requisitos legales de dicha actividad.
Según el informe de la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control, entre los hallazgos está el manejo de monedas virtuales y bóvedas de procesamiento, así como la utilización de un plan de compensación. De igual manera, la Supersociedades señaló que a la entidad ha llegado un considerable número de quejas y consultas relacionadas con la actividad desarrollada por Ping Nine.
Por su parte, la Superintendencia Financiera también ha hecho seguimiento a la actividad realizada por la sociedad y a través de la resolución 0910 de julio de 2018 ordenó la suspensión inmediata de las operaciones de captación masiva de recursos del público mediante la modalidad de recaudo de dinero en negociaciones de bóvedas virtuales o software de infraestructura de almacenamiento de información.
“En adelante, la sociedad no podrá suscribir más contratos para la vinculación de miembros independientes y deberá informar a sus miembros vigentes sobre la medida ordenada por la Superintendencia”, señaló la Supersociedades.
La decisión de se da también con el objetivo de proteger el ahorro del público y defender el interés general.
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