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¿Sabía usted que si su empleador no le quiere dar el medio día compensatorio al que por haber participado en las elecciones tiene derecho, podría presentar una acción legal?
Como es de conocimiento, el participar en las jornadas electorales trae para los votantes algunos beneficios como descuentos en trámites del Estado y el medio día libre.
De acuerdo con la Registraduría, tanto en entidades públicas como privadas los ciudadanos podrán disfrutar de este tiempo de descanso remunerado. Hay que tener en cuenta que esto es una retribución al tiempo utilizado para ejercer el voto en la jornada de este domingo.
Ante este derecho, la empresa y el empleador están en la obligación de otorgarle al trabajador el tiempo de descanso y tampoco podrán decidir de manera unilateral cuándo se podrá utilizar este beneficio.
Así, en caso de que el empleador se niegue a darle el medio día compensatorio, la Registraduría indica que el ciudadano afectado podrá presentar una acción de cumplimiento, “puesto que el empleador le estaría negando un derecho consagrado en la ley”.
Para el caso de entidades privadas, los colombianos podrán presentar una queja ante la jurisdicción laboral, explicando la situación.
LOS OTROS BENEFICIOS
Otras de las ventajas que tendrá al participar en estos comicios es la rebaja de un mes en la prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres. Para los soldados campesinos y regulares será de dos meses.
De igual manera, tendrán un descuento del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que se solicite durante los 4 años siguientes a los comicios electorales. Además tendrá la misma rebaja en trámites (inicial o de duplicado) de la libreta militar y la cédula de ciudadanía.
Finalmente por su voto podrá tener beneficios en la adjudicación de subsidios para vivienda y un 10% de descuento en la matrícula de universidades públicas.
Recuerde que para acceder a estos beneficios deberá presentar su certificado de votación, entregado una vez realizado su voto.