¿Ahorrar por decreto?

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Ardua tarea la de tratar de explicarle a un visitante del exterior qué es, en qué consiste y cómo se va a aplicar la llamada regla fiscal, elevada por el Congreso a norma o principio constitucional, o sea, de obligatorio cumplimiento.
Sea lo primero recordar que aún falta por redactar el texto definitivo de conciliación entre lo aprobado por cada una de las Cámaras y posteriormente la revisión de fondo y de forma por parte de la Corte Constitucional. Sobre este último aspecto ya se han hecho sentir voces autorizadas que advierten sobre posibles vicios insolubles de inexequibilidad.
Al margen de estas consideraciones, no parece claro ni sensato que una pauta de comportamiento –en este caso un manejo prudente de las finanzas públicas por parte del Gobierno de turno– tenga que ser incluida en el texto de la Carta Magna como si con ello se solucionase el problema estructural de esas finanzas.
En esa misma línea de pensamiento, sería conducente tramitar una ley que obligue a los colombianos a ser felices y en virtud de la misma, el que se aparte de ella sea despojado de la ciudadanía e incluso extraditado, con el fin de garantizar su acatamiento.
Al ponerse en práctica la reforma constitucional, ¿querrá decir que desaparecerá por encanto la figura y la esencia de la deuda pública? Esta deuda, en sus dos componentes, interno y externo, supera actualmente los $200 billones (aprox. 35% del PIB) y no se vislumbra que pueda extinguirse ni en el corto ni en el mediano plazo, como se le ha hecho creer al ciudadano de a pie.
Si en los medios de comunicación, hablados, escritos o virtuales, algún día se vuelve a mencionar la noticia de que el Gobierno colombiano acudió exitosamente a los mercados financieros internacionales mediante la colocación de bonos bien calificados por las agencias internacionales, ¿significará ello que el respectivo ministro de Hacienda estaría violando la Constitución y por lo tanto se haría merecedor a un juicio de responsabilidades con implicaciones políticas y hasta penales? Con tanta cacería de brujas que hay por ahí, esto no sería de descartar.
Otra supuesta interpretación de la reforma es que el Gobierno se va a ver obligado a ahorrar en las mal llamadas épocas de bonanza.
¿Bonanza es crecimiento del PIB en un 5%? Aun suponiendo que esto fuese bonanza,esta sería de la economía y no –o muy marginalmente– del sector público.
Las grandes utilidades son de las empresas, casi todas ellas de naturaleza privada, salvo el caso excepcional de Ecopetrol, donde paradójicamente el Gobierno mismo está contemplando bajar su participación.
Siguiendo con las analogías, exigirle a un gobierno que ahorre con tantos compromisos y tantas necesidades por atender, es como obligar al 40% de la población colombiana que vive bajo la línea de pobreza, a sacrificar consumos vitales para acumular unas reservas que le permitan cubrir emergencias futuras, cuando la emergencia vital es inmediata y las futuras posiblemente no se van a presentar por simple sustracción de materia.
Este leguleyismo, propio de nuestra idiosincrasia, hace que muchos enunciados sean sólo saludos a la bandera y al cabo del tiempo sea inevitable correr a reformar de afán lo que previamente quedó mal escrito. La calentura no está en las sábanas ni la fiebre en el termómetro.
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