No habrá reforma estructural

Queremos firmar numerosos convenios, pero no hablamos el mismo idioma contable de nuestros socios.

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Según las declaraciones del Ministro de Hacienda, en este Gobierno no habrá reforma tributaria estructural. A pesar de su valioso capital político, ahora más multicolor que nunca, parece que el Gobierno, igual que sus antecesores, prefiere en este campo las soluciones puntuales.
Tradicionalmente, cuando se debaten proyectos sobre temas económicos y en especial los tributarios, la disciplina política en el Congreso cede muchas veces ante los intereses particulares, lo cual puede preocupar al Ejecutivo. De todas maneras es una decisión lamentable, porque el régimen tributario colombiano demanda acciones valerosas y urgentes para simplificarlo y para corregir sus graves defectos e injusticias.
Seguramente para mantener la promesa de la campaña, la reforma no propondrá incrementos de tarifas; por el contrario, se anuncia que podrían ser reducidas para atraer más inversiones, lo que hace pensar que no existe mayor preocupación por los ingresos tributarios.
Es de esperar, al menos, que no pasemos a una segunda fase de la confianza inversionista, con nuevos sacrificios fiscales sin contraprestación, y, además, que con el pretexto de beneficiar tributariamente a los inversionistas del exterior, no se transfieran recursos a sus países de origen o a los paraísos fiscales.
Dentro del hermetismo con que se maneja el proyecto, se ha dicho que el Gobierno está escuchando a los expertos de varios sectores, incluyendo gremios, organismos nacionales e internacionales y asesores privados. Muy bueno que se tengan en cuenta diferentes opiniones, pero no es menos importante que al momento de concretarlas se garantice una redacción clara y coherente, y adecuadas exposiciones de motivos que precisen la intención y el sentido de las normas. Infortunadamente no siempre es así, y ha ocurrido incluso con algunas de las leyes expedidas a partir de diciembre del 2010. Por ejemplo, en los artículos relativos a las retenciones en la fuente para los trabajadores independientes, la redacción de la Ley 1429 dejó muchas dudas, que la Ley del Plan intentó enmendar sin éxito.
La Dian, sin explicar cuál es el sustento legal, ha anunciado que se requiere la reglamentación para que empiece a regir dicha norma.
Otro ejemplo es la Ley de Formalización y Primer Empleo, donde las exenciones tributarias creadas privilegian más las inversiones personales que las efectuadas a través de sociedades. Además, hubo imprevisión e ingenuidad, porque abrió la posibilidad de usarlas para desgravar negocios puntuales.
Por otra parte, sería lamentable que no se aprovechara esta reforma para eliminar o corregir los artículos del Estatuto Tributario que interfieren con la adopción de Normas Internacionales de Información Financiera (Niif). Cualquiera sea el procedimiento que se utilice para la emisión de las Niif, no podrá hacerse a través de leyes, de manera que esta es una tarea esencial y urgente. Colombia es uno de los pocos países que no ha dado ese paso, indispensable para hablar de negocios con el resto del mundo.
No tiene sentido que estemos intentando fungir de grandes, firmando numerosos convenios modelo Ocde y aspirando a ingresar al club, cuando no hablamos el mismo idioma contable y financiero de nuestros anhelados socios. 
HORACIO AYALA V.
CONSULTOR PRIVADO
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