Fondos de pensiones voluntarias crecen 13%
Los FPV permiten el acceso de los inversionistas a un universo de activos de manera eficiente.
Los Fondos de Pensiones Voluntarias (FPV) son vehículos de ahorro e inversión creados por la Ley en 1987 con el propósito de brindarle a las personas naturales la posibilidad de invertir en portafolios de activos financieros administrados por sociedades fiduciarias, administradores de fondos de pensiones o compañías de seguros.
Los FPV permiten constituir un ahorro que, junto a sus rendimientos, podrán ser usados para mejorar la mesada pensional al momento de la jubilación por vejez o invalidez, adquirir vivienda u obtener un beneficio tributario que se consolidará según las normas vigentes al momento del aporte.
Estos productos financieros cada día cobran mayor relevancia en el entorno local, tanto así que, según la última información publicada por la Superintendencia Financiera de Colombia, entre todos los agentes del mercado se administran más de 24 billones de pesos distribuidos en casi 1 millón de usuarios. Además, este segmento crece en promedio 13% cada año.
Los FPV permiten el acceso de los inversionistas a un universo de activos de manera eficiente. El régimen de inversiones de estos vehículos es amplio lo cual permite construir una oferta diversificada de productos para los clientes.
En el mercado podemos encontrar alternativas de inversión compuestas por activos tradicionales como lo son la renta fija y la renta variable (local o del exterior), opciones de activos alternativos e incluso de productos estructurados. Indudablemente, este es uno de los grandes atributos del producto.
No hay que dejar de lado que las inversiones que se hagan en estos productos pueden traer beneficios tributarios en la depuración del impuesto de renta de las personas naturales. Según nuestro Estatuto Tributario, son deducibles las contribuciones que se realicen a estos fondos siempre y cuando no excedan el 30% del ingreso tributario y hasta un monto máximo de 3.800 UVT por año ($135,306,600).
Es importante señalar que, frente al conjunto de normas aplicables a los FPV, el pasado 25 de mayo de 2019, mediante la expedición del Plan Nacional de Desarrollo, se derogaron los artículos bajo los cuales se regían este tipo de fondos generando así un espacio de conversación entre los administradores de Fondos de Pensiones Voluntarias y la Unidad de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda en el cual se podrá actualizar el marco normativo que será aplicable a partir del 2021.
Sin duda, estas son grandes noticias para la industria y para los inversionistas ya que estas dinámicas contribuirán al desarrollo del producto y permitirán incorporar mejores prácticas en la gestión y administración de recursos de terceros. No cabe duda que los FPV son un instrumento clave que contribuyen a la planificación patrimonial y tributaria de las personas naturales en Colombia.
Diego Gómez
Asociado en Productos de Inversión, Credicorp Capital Colombia
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