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Frenan abuso en las incapacidades

Las incapacidades médicas de larga duración fueron reglamentadas por el Ministerio de Salud.

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Las incapacidades médicas de larga duración, a causa de enfermedad general, de trabajo o accidentes y que son superiores a 540 días, fueron reglamentadas por el Ministerio de Salud.
El decreto 1333, firmado el viernes pasado, apunta a delimitar las situaciones que puedan dar pie a abusos o fraudes. Y, en ese sentido, señala las conductas consideradas como indebidas.
Allí se incluyen como abuso que el cotizante no siga el tratamiento o las terapias ordenadas por el médico tratante, no asista a las valoraciones, exámenes y controles o no cumpla con los procedimientos y recomendaciones necesarios para su rehabilitación. Así mismo, que no vaya a los exámenes y valoraciones para determinar la pérdida de capacidad laboral.
También se describe como fraude o abuso que este busque el reconocimiento y pago de la incapacidad en la EPS y la ARL a la vez, por la misma causa, generando una doble erogación al sistema; cobros con datos falsos; o cuando se detecte durante el tiempo de incapacidad que la persona se encuentra emprendiendo una actividad alterna que le impide su recuperación y de la cual deriva ingresos.
Y en caso de comprobarse una presunta alteración en alguna de las etapas de la incapacidad, se pondrá en conocimiento de las autoridades. Pero en ningún caso se podrá suspender el servicio de salud a este afiliado.
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