El Ministerio de Salud y Protección Social estableció una línea de crédito directo para que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) financien medicamentos y procedimientos pendientes de dispensación o prestación, mediante recursos administrados por la ADRES y giros directos a sus acreedores.
La medida quedó establecida en la Resolución 002445 del 22 de octubre de 2026, que también fija las condiciones financieras, los requisitos de acceso y los mecanismos de seguimiento para las entidades beneficiarias. El objetivo es contribuir a la continuidad de la atención.
La iniciativa hace parte del plan de choque diseñado por el Gobierno para responder a los retrasos en la prestación de servicios de salud. La norma busca que los pacientes reciban los medicamentos y procedimientos que requieren, mientras se facilita el pago a quienes deben suministrarlos.
La línea cubrirá exclusivamente medicamentos y procedimientos que las EPS hayan registrado como pendientes entre el primero y el 20 de septiembre de 2026, siempre que estén incluidos en el reporte validado por el Ministerio de Salud. No se trata de una financiación general para todas sus obligaciones.
La resolución establece que los recursos serán administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), que deberá transferirlos directamente a los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud acreedores de las EPS.
El mecanismo busca dirigir el dinero a quienes deben recibir el pago por los medicamentos dispensados y los servicios prestados que quedaron registrados en el reporte. Para acceder, cada EPS deberá presentar una solicitud y cumplir las condiciones definidas por la normativa.
El artículo primero señala que los créditos se otorgarán “por una sola vez” a través de la denominada “Línea de crédito directo plan de choque”. Cada entidad podrá obtener un único crédito, aunque el desembolso podrá efectuarse mediante uno o varios giros, hasta completar el monto aprobado.
La disponibilidad de recursos no será automática ni implicará que todas las solicitudes deban aprobarse. El Ministerio de Salud deberá determinar la viabilidad de apertura de la línea y su monto, con base en la proyección de cierre del aseguramiento en salud de 2026 presentada por la Adres.
A partir de ese monto, la administradora establecerá el cupo máximo para cada EPS, considerando el listado de medicamentos y procedimientos pendientes que haya validado el Ministerio, así como la estimación de su valor con información reportada por las entidades.
Para ese cálculo también se tendrá en cuenta la información contenida en las bases de prestación de servicios y en Mipres. La Adres deberá publicar el cronograma de solicitudes, informar la fecha de inicio del proceso y comunicar los cupos máximos asignados a cada entidad.