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La batalla jurídica que Caracol y RCN les ganó a los operadores de TV

Telmex, Telefónica, Directv, ETB y UNE no podrán retransmitir las señal de estos dos canales sin su autorización expresa. 

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La Superintendencia de Industria y Comercio falló a favor de Caracol Televisión y RCN en la demanda en la que las dos compañías solicitaron que los operadores de Telmex, Telefónica, Directv, ETB y UNE se abstuvieran de transmitir sus canales tanto en el formato de señal análoga, como en el de alta definición.
Caracol Televisión y RCN, en medio de la demanda, alegaron que por ser organismos de radiodifusión tienen el derecho de autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones por cualquier medio o procedimiento, según lo previsto en el artículo 39 de la Decisión 351 de 1993, en la Ley 23 de 1981 y en la Convención de Roma.
Por su parte, los operadores indicaron que no están obligados a obtener el permiso de los demandantes para la retransmisión de sus canales por el artículo 11 de la Ley 680 de 2001, norma que, en opinión de los demandados, habría establecido una limitación o excepción a los derechos conexos de autor de los demandantes.
LA DECISIÓN DE LA SIC
Superindustria, en medio del fallo, avaló los argumentos presentados por Caracol Televisión y RCN, por lo que ellos tienen la facultad de autorizar o prohibir la retransmisión de sus señales por cualquier medio o procedimiento.
Además, la SIC consideró que la obligación consagrada en el artículo 11 de la Ley 680 de 2001, en relación con la obligación que tienen las empresas de televisión por suscripción de garantizar la recepción de los canales de televisión abierta, de ninguna manera es una limitación o excepción a los derechos conexos de retransmisión de empresas como Caracol y RCN.
La entidad explicó que la obligación del artículo 11 de la Ley 680 de 2001 para los operadores consiste en garantizarle a sus suscriptores, sin costo alguno, la recepción de los canales de televisión abierta, para lo cual pueden acudir a diferentes alternativas como la de obtener la autorización de los dos canales.
Por esta razón, los operadores de Telmex, Telefónica, Directv, ETB y UNE no podrán retransmitir las señales de Caracol Televisión y RCN, excepto que las dos compañías decidan dar una autorización previa.
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