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El Tribunal de Arbitramento, convocado por el Mintrabajo con el fin de dar solución al conflicto entre Avianca y la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), decidió en el laudo arbitral que la aerolínea “se compromete a no ejercer directa o indirectamente ninguna clase de represalias contra el personal de Acdac y quienes sin estar sindicalizados hayan adherido a nuestro pliego de peticiones”.
De acuerdo con el laudo arbitral, Avianca no ejecutará “despidos, suspensiones, multas, discriminación para asignación de vuelos, llamados al retiro o jubilaciones”.
Adicional a esto, el documento da a conocer los aumentos salariales, una de las peticiones de los pilotos, los cuales se ejecutarán a partir del primero de abril y se incrementarán en el equivalente al 12,75% “sobre los salarios que se devengan a marzo 31 de 2017”.
Para los copilotos también habrá un aumento del 11,25%, el cual se dará a partir de la misma fecha.
El laudo arbitral, que fue notificado este lunes 11 de diciembre, tendrá tres días para ejecutarse. En este tiempo cualquiera de las partes puede impugnar la decisión mediante el recurso extraordinario de anulación ante la Sala laboral de la Corte Suprema de Justicia que será la encargada de definir finalmente los puntos que sean objeto de anulación o de inconformidad por cualquiera de las partes.
El Tribunal de Arbitramento es el mecanismo que consagra la ley y que utilizó la Ministra del Trabajo, Griselda Janeth Restrepo Gallego, para fijar las nuevas condiciones de trabajo. Se trata de la nueva convención colectiva de trabajo de los pilotos de Avianca.
El laudo arbitral es una providencia que debe ser acatada por cada una de las partes una vez quede ejecutoriada y se convierte en una “convención colectiva” que como todas las convenciones es la que rige las condiciones laborales durante su vigencia para cada una de sus partes.