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Los mitos sobre la ley de insolvencia para empresas

Muchas empresas no se acogen al proceso de reorganización simplemente porque no saben que existe o porque no saben cómo funciona. 

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Un informe publicado este martes por Portafolio reveló que desde el 2007, 450 empresas se han salvado gracias a la ley de insolvencias, también conocida como ‘Ley de Quiebras’.
Sin embargo, aún son pocas las empresas que se han acogido a esta figura, con la que podrían evitar miles de despidos y pérdidas económicas.
Fernando Bustos, director de la firma Bustos y Cía. y experto en este tipo de procesos explica que “el proceso de reorganización de pasivos, consagrado en la Ley 1116 de 2006, es una poderosa herramienta que ha permitido a muchas empresa evitar la quiebra y salir de la crisis. El objetivo es preservar a la empresa que se encuentra en incapacidad de pagar sus deudas, y facilitar la recuperación de sus negocios, para lo cual prácticamente congela sus deudas, la protege de embargos y procesos judiciales de cobro, y le da la posibilidad de reorganizar sus obligaciones en un acuerdo con condiciones muy favorables; en muchos casos sin intereses, a muy largos plazos y con varios años de gracia”.
Según el experto, muchas empresas y comerciantes en problemas financieros no se acogen al proceso de reorganización de pasivos simplemente porque no saben que existe, porque creen que es demasiado difícil o simplemente por los grandes mitos que genera la ley y que se dan por pura falta de conocimiento.
Uno de los grandes mitos que se tejen es que durante el proceso, los empresarios pierden la autonomía en la administración de la empresa y no es cierto.
Hay que tener en cuenta que no hay coadministración y que las funciones siguen en cabeza de los órganos de administración de la sociedad y la empresa sigue desarrollando su actividad.
Otro de los mitos es que se cree que hay que estar al día en impuestos y tampoco es cierto.
Las deudas por impuestos como IVA, renta, CREE, ICA, prediales, entre otros, pueden ser reorganizadas. Las retenciones no se pueden reorganizar dentro del proceso, pero estar en mora en su pago no es obstáculo para acogerse al proceso. En este caso el empresario propone las fórmulas de pago.
También se cree que contratos de arrendamiento o de suministro serán terminados anticipadamente y les exigirán a la empresa devolver los inmuebles por acogerse al proceso de reorganización, y tampoco es cierto.
Por el contrario, una vez una empresa es admitida, el arrendador no puede invocar la mora como causal para terminar el contrato de arrendamiento, y los cánones de arrendamiento vencidos van a entrar al proceso.
La ley también prevé que no se puede hacer efectiva ninguna cláusula en algún contrato que implique una sanción o una desmejora para la empresa por entrar en reorganización, ni mucho menos terminarlos unilateralmente.
El proceso de reorganización de pasivos constituye una herramienta muy poderosa para salvar empresas, para evitar que se pierdan las unidades productivas y los activos. Permite a las empresas lograr acuerdos blandos, ajustados a sus finanzas y sus posibilidades, mientras las protegen de embargos, demandas y procesos de restitución.
Según Confecámaras, durante el primer trimestre de 2017 “se registró la salida de 25.747 unidades económicas”, de las cuales 23.135 son sociedades y 2.612 personas naturales comerciantes, mientras que sólo 43 empresas se acogieron al proceso de reorganización de pasivos, que les permite evitar la quiebra y continuar trabajando mientras salen de la crisis.
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