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Pleito entre comunidad y Contecar II por uso de playa de lote contiguo

La concesión, en trámite en la ANI, implica inversiones por $47.000 millones. Dueños de terreno alegan que se aportó información falsa.

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La petición de un pedazo de playa en el valorizado sector de Mamonal para complementar la operación de la Terminal de Contenedores de Cartagena S.A., Contecar, ha tomado visos judiciales. Pero además, el tema ya llegó a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y a varios organismos de control.
“Hay un tema de pleitos del área civil que merecen ser revisados con cuidado. Ya le dimos traslado a Procuraduría, la ANI (Agencia Nacional de Infraestructura) y la Superintendencia de Puertos y Transportes. Les pedimos especial interés y observancia a este asunto”, le dijo a Portafolio el zar anticorrupción, Camilo Enciso. (Lea: Puertos nacionales mantienen el buen ritmo de inversiones)
La concesión Contecar II fue solicitada en diciembre del 2014 a la ANI, como una nueva solicitud de concesión, completamente independiente de la que ya tiene Contecar. Según el proyecto que reposa en la ANI, el terreno solicitado mide 7.102 metros cuadrados de área terrestre y 49.256 metros de área marítima. Su destino es “un terminal multipropósito para contenedores, vehículos, graneles líquidos, graneles sólidos, carga suelta general y combustibles” y la inversión prevista son 16,34 millones de dólares, es decir, unos 47.000 millones de pesos. (Lea: Primer buque neopanamax llega a Cartagena)
El problema es que el terreno de uso público (playa) en cuestión constituye el frente hacia el mar de un terreno de alrededor de 10 hectáreas, donde antes funcionó la pesquera Vikingos y que luego compró Granos Piraquive (GP), en proceso de liquidación.
Contecar estuvo interesada a su vez en adquirir el lote e incluso emprendió varios intentos, pero renunció. Voceros del operador portuario explicaron a través de un cuestionario que declinaron debido a que la liquidación afectaba el terreno (ver recuadro). Su intención ahora, si le dan la concesión, sería superar la distancia de unos 60 metros entre la vieja terminal de carga hasta la nueva (ver gráfico) construyendo un puente que una las dos playas.
CASO PENAL
Alonso Paredes, el abogado que ha encabezado acciones legales a nombre de GP, explicó que desde que Juan de Dios Piraquive adquirió la extensión pensaba en su potencial para una operación portuaria. Añadió que dentro de la liquidación el terreno fue avaluado en más de 50.000 millones de pesos, valor que se multiplicaría si acaso fuera usado para un terminal, como siempre fue el plan original. Sin embargo, si la ANI le llega a entregar esta playa a Contecar, al quedar ciego, el lote perdería hasta el 70% del valor actual.
El afectado no solo sería Piraquive, dueño del 80%, sino la Dian y la Secretaría de Hacienda de Cartagena, que quedaron con el resto a cambio de acreencias fiscales.
De hecho, el liquidador de la empresa, Rubén Silva, les envió el 4 de abril pasado dos cartas a Enciso y al procurador, Alejandro Ordóñez, para que ejerzan vigilancia. Pero además se convirtió en parte para objetar la adjudicación de Contecar II.
Argumenta que alguna de la información entregada por Contecar a la ANI es falsa; por ejemplo, cuando dice que es propietaria de los terrenos aledaños a la playa que busca en adjudicación, como lo exigen las normas al respecto.
“Es tan evidente que los predios no son contiguos que para llegar del uno al otro se necesita un puente o viaducto”, dice el liquidador en las misivas.
Esa condición de vecindad fue certificada, luego de una visita de campo por dos funcionarios de la Alcaldía de Cartagena. Tras esta, aseguraron además que la zona de uso público solicitada no estaba ocupada por otra persona, algo que Silva refuta diciendo que, al contrario, GP posee bodegas y un muelle allí. Según Silva y Paredes, el informe de los servidores públicos, que fueron demandados penalmente por falsedad documental, transcribe textualmente el 90% de la solicitud de Contecar.
Adicionalmente, GP y el liquidador instauraron una acción ante la Superintendencia de Industria y Comercio contra Contecar por competencia desleal porque “como bien lo dice un memorando interno de la ANI, la concesión portuaria no puede ser un mecanismo para despojar y para causar un demerito patrimonial al lote contiguo”, de acuerdo con Paredes.
La ANI le respondió por escrito a Portafolio que está recopilando la información y conceptos de autoridades con el fin de “fijar condiciones de la concesión o rechazar la misma”.
También por vía escrita, Contecar resaltó la importancia de su proyecto.
CONCESIONARIO DEFIENDE SUS ACTUACIONES
Contecar asegura que para que le otorguen la concesión pedida debe acreditar la disponibilidad jurídica solo de los terrenos que sean necesarios para desarrollar el proyecto, y añade que “Contecar II no requiere de ningún tipo de predio de propiedad privada –aledaño o no– … pues la totalidad de los servicios portuarios se prestarán en el área concesionada de uso público”.
Agrega que, aun así, “sí cuenta con un terreno adyacente” que linda con esta y defiende que la posibilidad de un muelle o viaducto para conectar los terrenos es legal. Por otra parte, apunta que los funcionarios de la Alcaldía podían usar apartes de su solicitud ante la ANI, sin que esto pueda ser calificado como injerencia del solicitante.
Néstor López L.
Redacción Portafolio
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