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Lágrimas de Boston

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Si bien no existe una definición aceptada por todos los países miembros de las Naciones Unidas para tipificar el terrorismo, hay algunos antecedentes que merecen ser analizados para describir esta práctica abominable.
La definición del FBI señala que este crimen consiste en “el uso ilegal de la fuerza o la violencia contra personas o bienes con el fin de intimidar o coaccionar a un gobierno, la población civil o cualquier otro segmento”. Asimismo, la Convención Internacional para la Supresión del Financiamiento al Terrorismo indica que este delito es un “acto perpetrado con la intención de causar muertes o daños físicos a civiles o personas que no toman parte activa en las hostilidades en un conflicto armado, cuando el fin del acto busca intimidar a la población, al gobierno u organismos internacionales para hacer o abstenerse de realizar acciones”.
Basado en estas definiciones e incorporando antecedentes normativos de los países que han descrito este comportamiento deleznable en sus códigos penales, no hay duda sobre las tres principales características del terrorismo. Es una táctica empleada para coaccionar el comportamiento de otros mediante el miedo y la intimidación. Su principal blanco son civiles inocentes, pues buscan la presión social como mecanismo intimidatorio y amenazar el pleno ejercicio de las libertades.
La naturaleza, motivación, efecto y crueldad del terrorismo hace que sea un delito autónomo y no uno conexo. Esto implica que, sin importar si su motivación es religiosa, política o racial, el tratamiento ante la ley debe ser el mismo. En pocas palabras, si el crimen es perpetrado por Al Qaeda o Hezbollah, Hamas o El Cartel de Medellín, los Zetas o Sendero Luminoso, son todos igualmente terroristas.
En cuanto a víctimas se refiere, tampoco existe ni debe existir ninguna diferenciación. Sea el 11 de septiembre, las bombas de Bali, la Central de Atocha, los buses de Londres, los rehenes de Beslán o Boston, las víctimas son personas inocentes cuya integridad se vio afectada por la barbarie de un patrón común que no varía por las condiciones ideológicas de sus perpetradores.
No hay duda de que en los países severamente afectados por el terrorismo se detona una catarata de efectos que empiezan por la incertidumbre, desconfianza inversionista, fuga de talento y capital, depreciación de activos, debilitamiento institucional, afectación de libertades, desempleo y profundización de la pobreza.
Lo ocurrido esta semana en Boston, con un niño de ocho años vilmente asesinado, nos ha recordado que frente al terrorismo no puede haber contemplación alguna y, como lo expresó Obama, debe recaer sobre sus autores todo el peso de la ley. Hoy, más que nunca, se requiere una convención internacional que una al mundo en una definición común y establezca responsabilidades de los Estados para castigar ejemplarmente a quienes practican este método de intimidación.
Iván Duque Márquez
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