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La gran oportunidad

Para que el SNIA logre cumplir con sus propósitos deberá implementarse de una manera que pueda maximizar las relaciones funcionales.

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La implementación de la Ley 1876 de 2017 que creó el Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria (SNIA), está en pañales. El gobierno saliente tiene el mérito de haber logrado aprobar la ley en el Congreso, pero tuvo poco tiempo para desarrollarla.
El programa agropecuario del presidente electo enfatiza en la necesidad de elevar la productividad del sector a través de una mayor inversión en bienes públicos. La manera más eficiente para hacerlo es promoviendo un desarrollo robusto y profundo del mandato legal y los elementos previstos en el SNIA.
La tarea es compleja, en la medida en que la innovación no se logra por decreto. Para que el SNIA logre cumplir con sus propósitos deberá implementarse de una manera que logre maximizar las relaciones funcionales y de confianza entre los diversos actores del sistema. Y esto toma tiempo. Hay que evitar los abordajes simplistas y cortoplacistas a los que estamos acostumbrados en el agro y comenzar a construir algo que requerirá del compromiso de este gobierno y sus sucesores.
La primera tarea debería ser promover la conformación de los Sistemas Territoriales de Innovación (STI) agropecuarios, que la Ley 1876 define como “sistemas complejos que favorecen y consolidan relaciones entre diferentes grupos de actores tanto públicos como privados, que articulados en redes de conocimiento tienen el propósito de incrementar y mejorar las capacidades de aprendizaje, gestión de conocimiento agropecuario e innovación abierta que emergen en un territorio particular establecido a partir del reconocimiento de interacciones específicas entre sus dimensiones biofísicas, culturales, institucionales, socioeconómicas, entre otras”.
Departamentos como Antioquia, Cundinamarca y Nariño han avanzado en definir territorios que agrupan varios municipios, conformando cuencas o subregiones para propósitos de planificación agropecuaria y de provisión de algunos servicios agropecuarios como asistencia técnica. Son experiencias valiosas sobre las que se puede aprender para definir los STI. Lograr consensos para que nuestros 1.122 municipios se integren en una centena o un poco más de STI es un paso obligado para cumplir con los objetivos del SNIA, especializándolos en función de los mercados, y promoviendo en ellos la convergencia de otros instrumentos de la política pública agropecuaria.
La reciente Misión Rural propuso impulsar programas de desarrollo rural con enfoque territorial, que “serán construidos de manera participativa, partiendo de las potencialidades del territorio y las necesidades y aspiraciones de sus habitantes, y asegurando su coherencia con los POT de las entidades territoriales que intervengan.
Deberán constituirse en la hoja de ruta de mediano y largo plazo del desarrollo integral de los territorios rurales”. Como respuesta a la Misión, hoy existen un sinnúmero de planes y programas con ‘enfoque territorial’ que deberían armonizarse hacia los STI.
La Ley del SNIA como la Misión Rural convergen en que solo a partir de la configuración de este tipo de territorios vamos a poder sacar el campo adelante. Es la manera como los procesos de investigación, formación de capacidades, de aprendizaje interactivo, así como de transferencia de tecnología y la extensión agropecuaria pueden ser efectivos. La Ley 1876 dice cómo hacerlo.
El nuevo gobierno tendrá que decidir si trabaja en esta dirección. Si promueve la definición colectiva de estos territorios y si sobre ellos construye una nueva institucionalidad para el desarrollo agropecuario y rural de Colombia. Es el momento. Es la gran oportunidad.
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