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Honduras y la no intervención

El principio de no intervención constituye una norma fundamental del derecho internacional.

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El principio de no intervención -o el deber de los estados de no influir en los asuntos domésticos de otro- constituye una norma fundamental del derecho internacional, especialmente desde su consagración en el Sistema Interamericano en la Conferencia de Consolidación de la Paz (1936) y, posteriormente, en la Carta de la OEA y en resoluciones de Naciones Unidas.

En el caso de la OEA, su Carta Constitutiva (1948) señala taxativamente en el Artículo 3, inciso e), que "todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro Estado". Igualmente, en el Artículo 19 establece: "ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho de intervenir, directa o indirectamente, y sea cual fuere el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro.
El principio anterior excluye, no sólo la fuerza armada, sino también cualquier otra forma de injerencia o de tendencia atentatoria de la personalidad del Estado, de los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen". Más claro imposible. La no injerencia en asuntos de terceros es, un principio sustentado con solidez desde hace tiempo.

En el caso de Honduras, estos principios no se han respetado plenamente. Es claro, que quien alteró el orden democrático fue el presidente Zelaya, al tratar de prolongar su mandato por medios no previstos en la Constitución, y que sus sucesores cometieron el error de deportado y no haber seguido los procedimientos constitucionales y judiciales internos previstos en estos casos.

Pero ello no autoriza a la comunidad internacional a sustituir al pueblo hondureño para que resuelva este impasse y decida su destino. Como medio de presión, aún se justifica la aprobación de la resolución AG/RES. 2 (XXXVII- E/09) del Consejo de la OEA, por medio de la cual se suspendió el derecho de Honduras de participar en la Organización y las acciones de buenos oficios desplegadas por el presidente de Costa Rica, Óscar Arias.
Pero cosa muy distinta es que otros países latinoamericanos traten de imponer, por la fuerza, al depuesto presidente, interesados más en sus propios intereses de expansión ideológica y de liderazgo latinoamericano, que en contribuir a encontrar una solución democrática para este país. Para alcanzar sus propósitos han llegado al extremo de definir la infraestructura, la logística y la orientación para el regreso Zelaya, suministrándole los medios para lograrlo.

Tiene razón el presidente Uribe, cuando sostuvo en un discurso pronunciado en el Centro Woodrow Wilson que "el respeto a la no intervención debe ser a todas las horas, frente a todos los casos, no puede ser sesgado, no puede ser en este caso, no intervención, en este caso, sí intervención.
Cuando se viola el principio de la intervención, se crean enormes dificultades políticas en el país intervenido". Es una lástima que Colombia no haya defendido con más vigor estas tesis, que son plenamente correctas, aun en el evento de que se quedara sola, como sucedió en 1982, con el caso de la Guerra de las Malvinas. Inicialmente, la opinión pública internacional no reconoció lo acertado de su posición en defensa del Sistema Interamericano, pero después le dio toda la razón.
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