De beneficio mutuo
EXDIRECTOR DE PORTAFOLIOActualizado:
No deja de ser curioso que en un país en el cual es normal que un proyecto de ley se tome su buen tiempo antes de recibir la luz verde del Congreso, una iniciativa acabe aprobada en seis semanas.
Eso fue lo que le sucedió a la propuesta que establece el régimen jurídico de las asociaciones público- privadas, radicada con mensaje de urgencia el 2 de noviembre pasado y votada definitivamente el 15 de diciembre, siendo sancionada el 10 de enero.
A pesar de la celeridad vista, lo sucedido fue ignorado por diversos observadores a la hora de hacer el balance de la legislatura del 2011.
Pero no debería ser así. La razón es que para quienes apoyaron la idea, se trata de un cambio fundamental que debería servir para que Colombia cierre más rápido la brecha que tiene en materia de infraestructura.
Y es que el esquema permite superar algunos de los cuellos de botella actuales, derivados de un sistema en el cual se paga por obras y no por servicios, y en donde los inversionistas aportan muy poco de su capital.
Debido a ello, las ejecutorias se hacen con dinero del Estado o con el recaudo de tasas y peajes, lo cual deriva en estímulos implícitos para que se prolonguen mucho más que lo estipulado.
Como si lo anterior fuera poco, no existe diferencia entre quien financia y quien construye, algo que dificulta la llegada de inversionistas institucionales. Para citar un caso concreto, mientras cientos de kilómetros de carreteras en Chile han sido construidos con el dinero de los fondos de pensiones, en el país dicha puerta se encontraba cerrada hasta ahora.
No obstante, no se trata de abrirla de par en par.
La nueva ley tiene disposiciones claras que implican que las asociaciones público-privadas operarán para proyectos con un valor de al menos 6.000 salarios mínimos mensuales, cerca de 3.400 millones de pesos. Hay también reglas sobre el plazo de los contratos que no pueden pasar de 30 años o el límite a las adiciones con recursos públicos, inferiores al 20 por ciento del valor original.
Pero quizás lo más interesante es que puede haber proyectos de iniciativa pública o privada en los cuales riesgos y recompensas irían de la mano. De tal manera, una empresa le puede proponer al Gobierno una idea novedosa para la cual se comprometa a aportar todos los fondos necesarios.
A cambio, el proceso de selección será abreviado –aunque un tercero puede mejorar la idea– con lo cual se introduce el concepto de que el tiempo es oro. Dicho de otra forma, quien tenga los derechos de explotación de una obra querrá terminarla más rápido y asegurar su buen mantenimiento con el fin de maximizar su rentabilidad.
También es posible que sea el Estado el que invite a los particulares a que hagan sus ofertas, con base en proyectos bien definidos y en medio de una licitación pública. Así ocurrirá con el primer ensayo de la ley, correspondiente a la construcción de las nuevas sedes de la Superintendencia de Notariado y Registro y el Consejo Superior de la Judicatura, en Bogotá.
Se trata de un par de edificios de 52.000 metros cuadrados en total, además de 28.000 metros cuadrados de parqueaderos. Aparte del arriendo que percibirá quien obtenga el contrato, habrá un área del lote original que -bajo parámetos claros- podrá ser desarrollada para que rente y ayude a financiar el emprendimiento.
Los demás temas que vienen en camino dependerán de un decreto reglamentario que debería salir en unos tres meses. Frente a los temores de quienes creen que por esta vía se puede abrir una vena rota para las finanzas públicas, sus defensores sostienen que los requisitos de calificación son lo suficientemente altos para evitar sorpresas desagradables.
Incluso los más entusiastas dicen que no está lejano el día en el cual quede atrás esa impresión que tiene el público, según la cual en Colombia cualquier obra demora el doble y cuesta el triple. Ojalá así sea.
Ponte al dia.