Creatividad y corrupción
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El derrumbamiento de InterBolsa, la crisis de las hipotecas basura, las pirámides, los fraudes de Enron y similares, y todos los descalabros financieros, han sido resultado de operaciones con apariencia, pero sin fundamento económico.
Y cuántos más productos financieros produce la creatividad (¿o la ambición?), existen mayores riesgos de fraudes y descalabros, porque todo indica que los controles se concentran en la forma de las operaciones, no en el fondo.
No hay o no se ejercen controles adecuados sobre los activos reales que respaldan las operaciones, para evitar que sean puramente formales.
Habría que preguntarse, entonces, si los contadores se limitan a copiar las cifras que les pasan los genios de las finanzas, sin preguntarse si tienen respaldo.
O si las rápidas visitas que realizan los auditores externos y los revisores fiscales, para la emisión de un informe periódico y rutinario, son suficientes para garantizar que las transacciones corresponden a hechos reales.
Por supuesto, hay revisores fiscales que siguen adecuadamente las actividades de la empresa, pero no son todos.
Por lo general, los controladores externos llegan tarde, cuando se han producido los hechos, de los cuales salen indemnes gracias a la manida advertencia contenida en su contrato, que previene que su labor no está destinada a evitar fraudes, aunque podrían llegar a descubrirse.
La experiencia internacional demuestra que la mejor herramienta para el control periódico de las operaciones es una efectiva auditoría interna.
Por supuesto, para que funcione, es necesario independizarla de la administración, e idealmente tener una junta o un comité de auditoría.
Un cuerpo colectivo es más efectivo frente a los riesgos (por cierto frecuentes) de fraudes de los dueños o administradores del negocio.
Algunas empresas designan contralores, pero en el fondo son gerentes financieros.
El control interno también aplica a las entidades públicas.
El Artículo 269 de la Constitución las obliga a utilizar sus métodos y procedimientos. Si se cumplen estas previsiones, una adecuada gestión del auditor interno, de la mano con la Contraloría General de la República, debe conducir a disminuir la alarmante epidemia de corrupción con los fondos del Estado.
El hecho de que el control deba ser posterior no significa que la Contraloría solo debe aparecer cuando se ha perdido el dinero.
El diseño de las políticas y procedimientos para proteger el patrimonio del Estado, su actualización y verificación, deben ser tareas permanentes.
La Constitución también otorga a la Contraloría la facultad de conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal interno de las entidades y organismos del Estado, para lo cual debe actuar de forma preventiva; a algunos funcionarios no les gusta la idea, porque están acostumbrados a que la Contraloría llegue cuando están por vencerse los términos para que se extingan las acciones y las sanciones. Así, hay muchas investigaciones, pero siempre se pierde la platica.
Horacio Ayala Vela
Consultor privado
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