Si la reforma tributaria que radicó el Ministro de Hacienda en el Congreso de la República mantiene el impuesto del 4% a los servicios de telefonía móvil, este servirá para financiar los programas de inversión social que adelanta el Gobierno Nacional. El fomento del deporte y la cultura así como las bibliotecas de la red nacional serían los sectores más beneficiados.
Establece la propuesta que la totalidad de este impuesto (4%) se distribuirá para la inversión social. El proyecto especifica que el 10% será para promover la creación, el fomento y el fortalecimiento de las bibliotecas que conforman la Red Nacional de Bibliotecas Públicas. Estos recursos serán presupuestados en el Ministerio de Cultura, el 90% restante será para promover el deporte y la cultura.
De esta fracción, el 75% será para el plan sectorial de fomento, promoción y desarrollo del deporte, y la recreación, escenarios deportivos incluidos los accesos en las zonas de influencia de los mismos, así como para la atención de los juegos deportivos nacionales y los juegos paralímpicos nacionales, los compromisos del ciclo olímpico y paralímpico que adquiera la Nación y la preparación y participación de los deportistas en todos los juegos mencionados y los del calendario único nacional. Estos recursos serán presupuestados en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes).
El otro 12,5% será girado al Distrito Capital y a los departamentos, para que mediante convenio con los municipios y distritos que presenten proyectos que sean debidamente viabilizados, se destine a programas de fomento, promoción y desarrollo de la Cultura y la actividad artística colombiana. Del total de estos recursos se deberán destinar mínimo un 3% a programas culturales y artísticos de gestores y creadores culturales con discapacidad.
SE DEVOLVERÍAN LOS RECURSOS QUE NO SEAN EJECUTADOS
Sostiene la reforma que los recursos girados para Cultura al Distrito Capital y a los departamentos, que no hayan sido ejecutados al 31 de diciembre de la vigencia siguiente serán reintegrados por estos a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, junto con los rendimientos financieros generados, a más tardar el 30 de junio siguiente. Los recaudos que se reintegren al Tesoro Nacional, serán destinados a la ejecución de proyectos de inversión a cargo del Ministerio de Cultura relacionados con la apropiación social del patrimonio cultural. Cuando la entidad territorial no adelante el reintegro de recursos en los montos y plazos establecidos, el Ministerio de Cultura podrá descontarlos del giro que en las siguientes vigencias deba adelantar por el mismo concepto.