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La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) les impuso una multa de 5.802 millones de pesos a cuatro compañías que operan minas de carbón en el centro del Cesar debido a que han incumplido con la obligación de reubicar a tres asentamientos poblacionales afectados por la emisión de partículas atmosféricas.
Se trata de las empresas Drummond, Prodeco, Colombian Natural Resources I S.A.S y CNR III Ltda. Sucursal Colombia, que se comprometieron en el 2010 con el entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial (MADT) a adelantar un programa de reasentamiento para las comunidades de Plan Bonito, El Hatillo y Boquerón.
Aunque las firmas han adelantado algunas actividades y se creó el Plan de Acción para el Reasentamiento (PAR), los avances no son satisfactorios, según se deduce de las visitas hechas por el equipo técnico y social de la Anla.
Hay que recordar que a través de la resolución 970 del 20 de mayo del 2010 se estableció la obligación de reasentar las poblaciones actuales de Plan Bonito en el término de un año, y de El Hatillo y Boquerón en dos años. Esto teniendo en cuenta condiciones como la proporcionalidad del volumen de producción y el grado de afectación.
En la resolución del 2010 se señaló que los plazos establecidos eran de obligatorio cumplimiento y no podían ser modificados por las empresas. Pero el 22 de septiembre del 2010 las tres compañías solicitaron al MADT aclaración y ampliación de los términos.
En ese momento el MADT desestimó la solicitud enfatizando que el cumplimiento de las labores de planeación y ejecución de carácter preparativo y operativo para el desarrollo de esta obligación era viable en los términos establecidos, basados en metodologías del Banco Mundial.
Así, el Plan de Reasentamiento quedó previsto para hacerse a más tardar el 15 de marzo del 2011 en el caso de Plan Bonito, y del 15 de septiembre del 2012 para El Hatillo y El Boquerón. Por diversos factores, no se cumplieron y desde entonces se empezaron a realizar actuaciones sancionatorias y el proceso de descargos por parte de las compañías comprometidas en la explotación del mineral.
A través de la resolución 01590 de diciembre del 2017, la Anla impuso la sanción ambiental a las empresas operadoras mencionadas, teniendo cuenta que los descargos hechos por cada una de ellas no corresponden a las obligaciones asumidas en el marco de la licencia ambiental, según dijo esa autoridad.
La sanción económica se distribuye de la siguiente forma: La Drummond Ltda. deberá pagar $3.519 millones; Prodeco pagará $1.277 millones; Colombian Natural Resources fue multada con $736 millones y CNR III Ltda. Sucursal Colombia, otros $269 millones.
La resolución señala que la sanción impuesta no exime a las infractoras del cumplimiento de las normas sobre protección ambiental o manejo de los recursos naturales renovables y de los actos administrativos que expida la autoridad ambiental.