¿La violamos un poquito?

Actualizado:
Conviene mencionar algunos signos alentadores sobre el proceso de paz: la suscripción, así sea preliminar, de acuerdos sobre tres capítulos del eventual acuerdo.
La tregua unilateral que, al decir de las autoridades, se ha cumplido con rigor. Y la manifestación de ‘Iván Márquez’, en el sentido de que la incorporación de desmovilizados a una nueva policía rural no ha sido tema de discusión en la mesa. (Curioso: en beneficio del proceso la guerrilla corrige al Presidente).
No obstante, hay que recordar que no se ha decidido sobre la “dejación de armas”, la reparación de víctimas y la refrendación de los acuerdos, temas de gran complejidad. Si para resolverlos fueren necesarios otros dos años, el respaldo popular, que no es abrumador, se puede desvanecer.
Sin esperar los resultados de las negociaciones, el Gobierno impulsó una ley, según la cual los referendos constitucionales que “sean necesarios” para la terminación del conflicto puedan tramitarse simultáneamente con otros actos electorales. Quedan tres en este cuatrienio: las elecciones regionales de octubre, las parlamentarias de marzo del 2018 y las presidenciales de mayo de ese año. Para efectos prácticos, las que importan son las primeras. Es difícil conjeturar que el proceso se pueda mantener vivo hasta las postrimerías del Gobierno actual.
La intención es buena: “arrastrar” los votantes a las urnas reduciendo el riesgo de que no se alcance la votación mínima que es equivalente al 25 % del censo electoral Y, en verdad, sería una lástima que el acuerdo, si se negocia bien (lo que presumo), muera por falta de interés ciudadano.
Las dificultades de esta estrategia son enormes. El referendo constitucional es un mecanismo, entre otros posibles, para reformar la Constitución y para nada más. Salvo la creación de circunscripciones especiales de paz, nada de lo hasta ahora divulgado de los acuerdos requiere ajustes constitucionales; bastan políticas públicas o desarrollos normativos que tendrían lugar en la fase de implementación. Por lo tanto, la generalizada expectativa, consistente en que habría un referendo constitucional para convalidar el acuerdo, carece de sentido.
Supongamos, sin embargo, que estoy errado. En tal hipótesis, para someter el acuerdo al veredicto de las urnas, sería obligatorio cumplir esta regla legal: “el referendo será presentado de manera que los electores puedan escoger libremente en el temario o articulado qué votan positivamente y qué votan negativamente”. Imaginemos el lío colosal consistente en fraccionar un acuerdo, que por su propia naturaleza debe ser indivisible o unitario, en decenas o centenares de preguntas, de las cuales unas se aprobarían y otras no. ¿Sería este resultado aceptable para la contraparte?
Imaginemos, por último, que se decide asumir esa posibilidad, sin duda catastrófica. Para que se pudiera realizar el referendo en octubre se requiere lo siguiente: a) que el acuerdo esté firmado; b) que su texto se incorpore a la ley que ordena su convocatoria; c) que la conformidad de esa ley con la Carta sea homologada por la Corte Constitucional; d) que, una vez ella entre en vigor, la autoridad electoral organice los comicios; e) que se establezca un tiempo suficiente para que partidarios y adversarios puedan hacer campaña a favor y en contra.
Como lo anterior es imposible, hay que imaginar alternativas. Algunas de las que se escuchan son claramente contrarias a la Carta. Púdicamente (¿cínicamente?) Semana las llama “extraconstitucionales”.
Jorge H. Botero
jbotero@fasecolda.co
Temas relacionados

En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí