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Regulación fiscal y económica: ¿oportunidades o desigualdades?

Hay que aprovechar los incentivos en los sectores estratégicos para su crecimiento, pero es fundamental monitorear su impacto social y económico. 

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Las reglas fiscales y económicas de una nación pueden profundizar o cerrar las brechas a las desigualdades sociales y económicas; así como incentivar a los inversionistas, empresarios, y emprendedores para generar empleo de calidad. Todo depende de su estructuración y de la visión de futuro, de largo plazo, sobre el crecimiento económico y el bienestar que se pretenda ofrecer a sus ciudadanos.
En la investigación realizada y publicada por Thomas Piketty, en su libro de El capital en el siglo XXI (2014), encontró que en los sistemas capitalistas (una muestra de países ricos) la tasa de rendimiento de la riqueza financiera es mayor que la tasa de crecimiento de la economía. Con esta ecuación, su estudio demuestra una tendencia a la concentración de la riqueza y al aumento de la desigualdad; esta premisa se ha cumplido durante los periodos 1910 a 1940 y posteriormente a partir de la década de los 80s.
James K. Galbraith, PhD en economía de Yale, menciona en su libro Desigualdad que esto no siempre puede ser así, si los rendimientos de capital son sometidos a los impuestos o se destinan al consumo. Igualmente, el efecto de elevadas tasas de los ahorros financieros permite mayor acumulación, pero los impuestos y la inflación pueden reducir considerablemente la riqueza acumulada.
La promoción de la libre competencia, en la economía de mercado, reduce las desigualdades de los ingresos. El verdadero libre comercio, entre países, disminuye los niveles de renta de los monopolios.
El FMI estima, para Colombia en el 2019, un crecimiento del PIB del 3,6%; este va a depender de la coherencia del gobierno en la política macroeconómica (reducción del déficit fiscal al 2,4% del PIB, control del gasto público, la tasa de interés, la tasa de cambio, inflación, ejecución de inversiones en sectores estratégicos como infraestructura, entre otros), con la política fiscal (efecto de la reforma tributaria y control de evasión), así como del comportamiento de las economías regional y mundial, precios de commodities, e impactos del cambio climático, etc.
LA LEY DE FINANCIAMIENTO 
Veamos algunos comentarios sobre determinados impuestos, y su aplicación en la Ley de Financiación No. 1943 de 2018:
La creencia de que las reducciones fiscales generan ahorro, inversión y empleo por sí mismo no debe tomarse en forma lineal, sino que debe tener en cuenta la visión de Nancy Bisrdsall y sus coautores, del “Centro de Desarrollo Global”, al afirmar que una mayor igualdad va de la mano de un crecimiento más sólido y de calidad (genera incentivos para el desarrollo de la educación y la formación laboral para la mejora de la productividad y aumento del ingreso medio) tal como lo demostraron los casos de Corea del Sur y Taiwán.
La nueva Ley de Financiación reduce el impuesto sobre la renta a las personas jurídicas del 33% en el 2019 al 30% en el 2022, sin exigir nuevas inversiones ni generación de empleo. No obstante, crea un régimen especial (incentivos) para megainversiones (más de un billón de pesos y más de 250 empleos en máximo 5 años) con una tarifa de renta del 27%. Adicionalmente, le permite exclusión de impuestos: a los dividendos, al patrimonio, a la renta presuntiva; así como depreciar de activos fijos en un periodo mínimo de 2 años.
Por otro lado, incluye exenciones de renta, para las empresas de economía naranja y para el desarrollo del campo. Igualmente, reduce la renta presuntiva de 3,5 (en el 2019) a 0% en el 2021.
Según Fedesarrollo, para 2019 se espera un aumento del ritmo de crecimiento de la inversión del 3,4%, debido a la reducción del costo de capital asociado con la mencionada ley.
El impuesto sobre la renta progresivo (mayor igualdad de distribución de renta neta) se consigue incrementado la tasa impositiva sobre los ingresos más altos, así como los impuestos sobre dividendos y ganancia ocasional.
La Ley amplía la base para el impuesto de renta de las personas naturales a partir de 3 millones de pesos ingresos mensuales, con tarifas marginales progresivas (desde el 19% al 39%) en función del aumento de los ingresos.
El impuesto sobre el patrimonio y sucesiones busca controlar el crecimiento de la acumulación de fortunas privadas. La nueva Ley reduce la base gravable para patrimonios líquidos, cuyo valor sea igual o superior a 5.000 millones de pesos con una tarifa del 1% anual.
El impuesto sobre el valor agregado (IVA) recae sobre todo en aquellos que consumen un mayor porcentaje de sus ingresos por tanto tienen un efecto regresivo (aumento de la desigualdad). La Ley Mantiene la tarifa general al 19%, excluye la canasta familiar básica, y amplia la aplicación del IVA para cervezas y bebidas como gaseosas entre otros.
En consecuencia, se deben revisar y analizar las políticas económicas y tributarias para aprovechar los incentivos (menos impuestos) en los sectores estratégicos para su crecimiento. No obstante lo anterior, es fundamental monitorear su impacto, en la movilidad social y económica, y verificar si el crecimiento evoluciona en forma sostenible y de calidad; de tal manera que mejore la capacidad de pago y el bienestar para los colombianos.
Jaime Salamanca León
Consultor
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