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¿Y si la Corte la tumba?

Si la Corte Constitucional decidiera tumbar la Ley de Financiamiento podría crear un caos para los contribuyentes y muchas incertidumbres.

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La Ley de Financiamiento no ha cumplido seis meses y ya se han presentado más de veinte demandas en su contra. Cuatro de estas (entre las cuales está la de Germán Vargas y la de algunos congresistas del Polo) buscan tumbar todo el contenido de la Ley por vicios en el procedimiento para su aprobación.
El argumento más fuerte de la demanda presentada por Vargas Lleras es que la Cámara de Representantes adoptó el texto de la Ley aprobada por el Senado sin que este hubiera siquiera publicado el texto aprobado. Es decir, la Cámara aprobó unas normas que no conocía.
Hasta ahora, la Corte Constitucional ha sido flexible en algunos casos a la hora de juzgar vicios de procedimiento en el trámite de reformas tributarias. Tal vez con el ánimo de proteger la seguridad jurídica y la financiación del Estado (que a su vez permite la garantía de los derechos fundamentales de la población), la Corte, incluso, ha recurrido a argumentos complejos para declarar la constitucionalidad de reformas tributarias que se han aprobado en contra del debido procedimiento legislativo.
Un caso emblemático es el de la reforma tributaria del 2010. En esa ocasión, la Ley fue demandada por inconsistencias en su proceso legislativo y por dudas respecto a la fecha de publicación en la gaceta oficial. Ante la falta de certeza sobre esta (que hubiera podido dejar sin efectos la reforma para el 2011), la Corte decidió que, ante las dudas, debería primar la validez de la ley.
Lo cierto es que en Colombia se ha vuelto costumbre aprobar leyes tributarias a las carreras, afectando la confianza y la certeza jurídica. Es importante recordar que uno de los principios más antiguos de los Estados de Derecho, cuya raíz se está en la Declaración de Derechos inglesa de 1689, es que los impuestos deben ser la expresión de la voluntad popular a través de sus representantes en el legislativo. Este principio ha sido burlado sistemáticamente en las últimas reformas tributarias, al aprobar leyes que modifican los impuestos sin que exista una deliberación juiciosa.
Si en esta ocasión la Corte Constitucional decidiera marcar un precedente sobre la manera en que se debe legislar en materia tributaria, debería declarar inconstitucional la totalidad de la Ley de Financiamiento porque su trámite legislativo no cumplió con las garantías de deliberación y debido proceso para la formación de leyes tributarias. Sin duda, una declaratoria en este sentido podría crear un caos para los contribuyentes y muchas incertidumbres: ¿qué pasaría con el impuesto al consumo de bienes raíces que ya han pagado quienes han enajenado inmuebles en lo corrido del 2019? ¿Qué pasaría con los beneficios tributarios creados por la ley como la reducción de la renta presuntiva? Por otra parte, esta decisión podría ser nefasta para las finanzas públicas.
Por lo anterior, si la Corte decidiera tumbar la Ley de Financiamiento para ponerle un freno a la mala costumbre de modificar el régimen tributario de afán, de espaldas al país y de forma poco transparente, podría declarar la inconstitucionalidad con efectos diferidos, de manera que el Gobierno y el Congreso tengan un plazo razonable para subsanar el trámite de la ley de o para aprobar una nueva reforma tributaria que se discuta de forma debida. Esta sería una buena decisión para llamar la atención sobre el trámite legislativo de las normas tributarias sin crear un caos.
Federico Lewin
Abogado tributarista
flewin@lewinywills.com
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