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Un paso hacia adelante

Hay que celebrar la expedición del Decreto 1357 del 2018 que define la financiación colaborativa como una nueva actividad del mercado de valores.

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Una de las realidades que ha acompañado el avance de la tecnología y la presencia creciente de las redes sociales es la actividad de financiación colaborativa, más conocida por su término en inglés: crowdfunding.
Por cuenta del aporte de personas enfocadas hacia un mismo objetivo, ya fuera con fines de desarrollo, altruismo o de negocio, se comenzaron a mover cantidades de dinero cada vez más grande.
La figura, sin embargo, no estaba plenamente aceptada en Colombia. En el mejor de los casos, había vacíos legales que facilitaban su uso, mientras que en otros era necesario usar mecanismos como la fiducia. Incluso existían dudas sobre si en oportunidades se tipificaba la captación masiva y habitual de recursos prohibida por la ley.
A la luz de esa realidad, hay que celebrar la expedición del Decreto 1357 del 2018 que define la financiación colaborativa como una nueva actividad del mercado de valores. Aunque persisten ciertas barreras de entrada, es sano que los responsables de este tipo de esquemas estén vigilados por la Superintendencia Financiera, pues hay que evitar que en aras del bien común prosperen prácticas fraudulentas.
En cambio, una buena dosis de supervisión mezclada con herramientas digitales abren una puerta que promete mucho. Es de imaginar que con creatividad se podrán organizar estructuras que permitan bajar costos de financiación y compartir beneficios.
Al comienzo, las autoridades deberán estar alerta para hacer ajustes aquí y controles allá. Pero todo indica que la economía colaborativa acaba de recibir en Colombia un importante espaldarazo.
Esa es una buena noticia que ayuda a encauzar fondos importantes que lo merezcan y amplía las opciones para los inversionistas. De manera casi silenciosa, se ha dado un paso hacia adelante.
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