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México: impuesto a las gaseosas

El tribunal estableció la constitucionalidad del tributo fijado a las bebidas azucaradas.

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La Corte Suprema de México ha determinado que “el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios sobre bebidas saborizadas con azúcar agregada es acorde con los derechos de libre competencia y concurrencia” (Excelsior, 20- 02-17).
En una interpretación novedosa, la Suprema Corte estableció que “los derechos de libre elección del consumidor y a la alimentación no son susceptibles de analizarse cuando los hacen valer personas morales que enajenan bebidas saborizadas, pues por su condición de entes abstractos y ficción jurídica no pueden gozar de la totalidad de los derechos privativos del ser humano” (ibid).
También sostuvo la Corte, que el Congreso de la Unión está facultado para establecer el gravamen sobre producción y servicios con apoyo de la Constitución, la cual que prevé que el legislador federal puede imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto.
Al explicar la legalidad de dicho impuesto, la sentencia aclara que la autoridad está facultada para fijarlo, pues “con independencia de que la Constitución solo enuncie algunas contribuciones especiales que pueda establecer (…), aquella fracción le permite fijar cualquier tipo de gravamen, además de que los fines extrafiscales que el citado impuesto persigue, no modifican la naturaleza recaudatoria”.
En febrero, un juez federal declaró inconstitucional el sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas, diseñado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Secretaria de Economía, por considerar que violaba el derecho de los consumidores a ser informados, de forma comprensible y veraz, sobre los productos que ponen en riesgo la salud. Y el poder judicial de la Federación ordenó al Gobierno Federal modificar el sistema de etiquetado de alimentos para que se distinga claramente la cantidad de azúcares añadidos, que podrían resultar dañinos para la salud del consumidor.
En Colombia, Guillermo Perry ha recordado que Yuval Noha Harari, el autor del best seller De animales a dioses, destaca que la diabetes causa dos veces más muertes que todas las formas de violencia juntas, y por ello afirma que “el azúcar es ahora más peligroso que la polvora”. (El Tiempo julio 3/17).
Además de los argumentos a favor de la salud, el tribunal supremo se ocupó de establecer la constitucionalidad del tributo establecido a las bebidas azucaradas y negó a las empresas la facultad de ejercer acciones en defensa de la libre competencia, al considerar que dicha pretensión no puede ser ejercida por entes abstractos que no pueden gozar de derechos que son privativos de los seres humanos. ¡Y el fallo es inapelable!
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