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Las libranzas y los micos

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En buena hora la Presidencia de la República ha objetado el Proyecto de Ley 066 de 2010 Cámara, 280 de 2011 Senado, “por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones”.
A través de esta ley, de iniciativa parlamentaria, se pretende estimular el consumo de bienes y servicios, aún los suntuarios y los inútiles, mediante un diabólico procedimiento que permite a los trabajadores vender de manera anticipada sus salarios u honorarios y las prestaciones sociales, incluyendo las cesantías y el valor de las pensiones.
Además, esta perla legislativa dota de toda suerte de garantías a quienes pretenden quedarse con los salarios y prestaciones de los trabajadores.
Por ejemplo, pueden utilizar la información de los sistemas de salud, de pensiones y de cesantías para ubicar a los trabajadores deudores o a sus empleadores; adquieren el derecho a exigir de los empleadores el pago de las obligaciones de manera solidaria; pueden quedarse hasta con la mitad de los ingresos mensuales de los trabajadores; y, por supuesto, pueden cobrar las tasas máximas de interés, que en la actualidad llegan a 20% o exceden de 30%, si son microcréditos.
Se trata, en consecuencia, de una idea, que en aras del consumismo, como indica la Presidencia: “…desnaturaliza la figura de la cesantía, pues convierte el ahorro obligatorio en ahorro voluntario…”.
De esta manera, deja a los trabajadores y a sus familias sin amparo alguno en circunstancias excepcionales, como la pérdida del empleo, y sin la posibilidad de acceder a recursos para adquirir una vivienda, proteger la salud o mejorar su educación.
Todo lo anterior, advierte la misma dependencia, “…sin contar los efectos devastadores que tendría para el Fondo Nacional de Ahorro, que basa sus actividades comerciales en la inversión de dichos recursos”, además de las evidentes causales de inconstitucionalidad que contiene el texto aprobado por el Congreso.
¿Será esta acaso una fórmula de sus patrocinadores para reducir las desigualdades, la pobreza y la miseria?
Por otra parte, como es usual, balanceándose entre su articulado, este proyecto trae otros micos aparte del orangután mayor.
Con el tradicional desprecio por el principio de unidad de materia y las sentencias de la Corte Constitucional, se han mimetizado en el texto tres normas tributarias: una para tratar de corregir –una vez más– el entuerto que han venido armando con las retenciones en la fuente de los trabajadores independientes, y otras dos para revivir tratamientos preferenciales del leasing, que expiraron el 31 de diciembre del 2011, y que interferían de manera abierta con las normas de contabilidad y con los principios comerciales.
En síntesis, estamos frente a otra de esas leyes creativas que la vieja politiquería estimula, con el pretexto de ayudar a las inmensas mayorías necesitadas, pero cuyos beneficiarios reales son otros.
Horacio Ayala Vela
Consultor privado
horacio.ayala@etb.net.co
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